MAGIA A LA LUZ DE LA LUNA
ARGUMENTO
Magia a la luz de la luna es un filme ambientado en los años 20 en Francia, que cuenta la historia de un mago que intenta desenmascarar a un mediúm, lo que acaba teniendo consecuencias personales y profesionales al extremo de enamorarse de ella. El hechicero Wei Ling Soo, uno de los magos más populares de su época, pero poca gente sabe que no existe en realidad, pues tras el disfraz del famoso mago se encuentra Stanley Crawford, un personaje, gruñón y arrogante con un súper ego, al grado de sentir aversión por los falsos espiritistas que afirman poder hacer magia de verdad.
DICTAMEN
Considerando que: I) El filme presenta elementos positivos como: valentía de acepat los errores, perseverancia, humildad, lealtad, confianza, respeto y solidaridad, enseña como vencer los obstáculos que se presentan en la vida; II) Presenta elementos negativos como: traición, injusticias, violencia psicológica y verbal, sin caer en aspectos truculentos y chocantes; III) El contenido del audiovisual permite al espéctador distinguir el carácter de los personajes, señalando las consecuencias negativas de sus acciones; Por tanto, la Dirección de Espectáculos Públicos Radio y Televisión, teniendo a la vista la documentación requerida para la autorización-clasificación de contenidos de cintas cinematográficas, y con el objetivo primordial de proteger la moral de los niños, niñas y adolescentes restringiéndoles el acceso a contenidos inadecuados o nocivos para su desarrollo y formación, así como prevenir y orientar sobre la inconveniencia de cintas cinematográficas que propicien una pérdida de valores o promuevan un clima de violencia, especialmente en niños, niñas y jóvenes a través de la regulación y clasificación de cintas cinematográficas, de conformidad con los artículos 13.4 Convención Americana de Derechos Humanos, 96 Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia, y de conformidad con el artículo 34 numeral 3 del Reglamento Interno de Organo Ejecutivo resuelve: 1) Autorizar y Clasificar el contenido del presente material cinematográfico PARA UN PÚBLICO MAYOR DE 12 AÑOS. 2) CONDICIONADO A: I) Cumplir con lo establecido en los artículos 7, 8, 79, y 83 de la Ley de Propiedad Intelectual; II) Cumplir con lo establecido en el Artículo 33 de la Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia, y demás ordenanzas municipales que resultaren aplicables. Esta autorización-clasificación de contenidos quedará sin efecto por la inobservancia de los preceptos constitucionales y demás leyes vigentes.-
EL LOBO SEDUCTOR
ARGUMENTO
La madre de Louis, Philippe y Henri sufre un infarto y es trasladada al hospital donde permanece inconsciente. Ante la cercanía con la muerte de su progenitora, el protagonista comienza a cuestionarse lo poco que ha disfrutado la vida. A pesar de estar casado con Nathalie, y de vivir la misma rutina se sumerge en una profunda apatía. El depresivo Philippe conoce a Natacha, una extrovertida y sensual mujer que se interesa en el cuarentón y comienzan una relación, al principio, sin compromisos y utiliza a su hermano menor, Henri, para no ser descubierto por su esposa, mientras recibe regaños y cuestionamientos sobre su comportamiento por parte de Louis, su hermano mayor. La nueva actitud despreocupada de Philippe, afecta el actuar de sus hermanos con sus respectivas esposas.
DICTAMEN
Considerando que: I) La cinta cinematográfica, presenta elementos negativos como: La infidelidad, la mentira, lenguaje insultante y obsceno, fetichismo, lenguaje erótico, violencia verbal, física y sicológica, consumo reiterado de alcohol y tabaco. II) Por lo controversial y complejo del contenido de la obra, y la temática sexual, erótica y exposición de cuerpos desnudos posteriores como superiores de mujeres y abundantes escenas de sexo sugerido y jadeos, en general su contenido es de humor adulto en temas de sexualidad y sus formas de relaciones interpersonales entre hombres y mujeres, elementos que pueden confundir y/o influir de forma negativa en los niños, niñas y adolescentes al no comprender el contexto en que se desarrolla la obra, ya que requiere un cierto nivel de juicio y discernimiento que por lo general solo lo pueden tener las personas adultas mayores de 18 años; Por tanto, la Dirección de Espectáculos Públicos Radio y Televisión, teniendo a la vista la documentación requerida para la autorización-clasificación de contenidos de cintas cinematográficas, y con el objetivo primordial de proteger la moral de los niños, niñas y adolescentes restringiéndoles el acceso a contenidos inadecuados o nocivos para su desarrollo y formación, así como prevenir y orientar sobre la inconveniencia de cintas cinematográficas que propicien una pérdida de valores o promuevan un clima de violencia especialmente en niños, niñas y jóvenes a través de la regulación y clasificación de cintas cinematográficas, de conformidad con los artículos 13.4 Convención Americana de Derechos Humanos, 96 Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia, y de conformidad con el artículo 34 numeral 3 del Reglamento Interno de Órgano Ejecutivo resuelve:1) Autorizar y Clasificar el contenido del presente material cinematográfico PARA UN PÚBLICO MAYOR DE 18 AÑOS. 2) CONDICIONADO A: I) Cumplir con lo establecido en los artículos 7, 8, 79, y 83 de la Ley de Propiedad Intelectual; II) Cumplir con lo establecido en el Artículo 33 de la Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia, y demás ordenanzas municipales que resultaren aplicables. Esta autorización-clasificación de contenidos quedará sin efecto por la inobservancia de los preceptos constitucionales y demás leyes vigentes.-
QUIERO MATAR A MI JEFE 2
ARGUMENTO
Cegados por la ambición de dejar de ser empleados y convertirse en sus propios jefes, Nick, Dale y Kurt deciden crear su propia empresa, fabricando un tipo de ducha de baños automática, la cual registran y patentan. Berth Hanson, es un inversionista de la competencia que se la lleva de listo y echa a perder sus planes. Desesperados, vencidos y sin recursos financieros, traman un plan insensato para secuestrar a Rex, hijo adulto de Hanson y piden un rescate por él para recuperar el control de su empresa. Después de dos semanas de investigación realizada por la Policía, Hanson se entera que sus tres socios fueron obligados por su propio hijo, quien fue el responsable del secuestro debido a su resentimiento con su padre porque nunca le dedicó tiempo en su adolescencia.
DICTAMEN
Considerando que: I) La cinta cinematográfica presenta elementos positivos como: vencer obstáculos que se presentan en la vida, esfuerzo, superación y el perdón; ll) Sin embargo, se observaron elementos negativos como: violencia física, psicológica, palabras altisonantes, persecuciones y uso de armas de fuego; III) El contenido del audiovisual permite al espectador distinguir el carácter de los personajes, señalando las consecuencias negativas de sus acciones, por tanto la Dirección de Espectáculos Públicos Radio y Televisión, teniendo a la vista la documentación requerida para la autorización clasificación de contenidos de cintas cinematográficas, y con el objetivo primordial de proteger la moral de los niños, niñas, y adolescentes restringiéndoles el acceso a contenidos inadecuados o nocivos para su desarrollo y formación, así como prevenir y orientar sobre la inconveniencia de cintas cinematográficas que propicien una pérdida de valores o promuevan un clima de violencia, especialmente en niños, niñas y jóvenes a través de la regulación y clasificación de cintas cinematográficas, de conformidad con los artículos 13.4 Convención Americana de Derechos Humanos, 96 de la Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia, y de conformidad a lo establecido en el artículo 34 Numeral 3 del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo Resuelve: 1) Autorizar y Clasificar la exhibición pública del presente material cinematográfico PARA MAYORES DE 15 AÑOS. 2) CONDICIONADO A: I) Cumplir con lo establecido en los artículos 7, 8, 79 y 83 de la Ley de Propiedad Intelectual; II) Cumplir con lo establecido en el articulado 33 de la Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia, y demás ordenanzas municipales que resultaren aplicables. Esta autorización –clasificación de contenidos quedará sin efecto por la inobservancia de los preceptos constitucionales y demás leyes vigentes.
JUEGOS DEL HAMBRE
ARGUMENTO
Saga que sitúa a Katniss Everdeen en el Distrito 13, después de destrozar los juegos para siempre. Bajo el liderazgo de la Presidenta Coin y contando con las advertencias de los amigos Katniss expande sus alas al tiempo que lucha por salvar a Peeta y a una nación conmovida por su coraje, razón por la cual lucha arduamente con coraje junto a su pueblo, quienes se unen a ella para hacerle frente al invasor y evitar que la nación 13 sea destruida.
DICTAMEN
Considerando que: I) La cinta cinematográfica, presenta elementos positivos como: comunicación, solidaridad, compañerismo, lealtad y la lucha colectiva por la defensa de la nación de invasores; II) Presenta elementos negativos como: violencia verbal, física y sicológica, uso reiterado de armas de fuego y tipo laser, asesinato a sangre fría, intento de homicidio por medio de estrangulamiento; III) Por lo controversial y complejo del contenido de la obra, y la temática que aborda, ésta puede confundir y/o influir de forma negativa en los niños y niñas al no comprender el contexto en que se desarrolla la obra, ya que requiere un cierto nivel de juicio y discernimiento; IV) El contenido del audiovisual, permite al espéctador distinguir el carácter de los personajes, señalando las consecuencias negativas de sus acciones; V) Los mayores de 15 años y menores de 18 años, viven el período de transición a la vida adulta y usualmente, son mas independientes, teniendo un mayor grado de discernimiento y conciencia de las consecuencias de sus acciones; Por tanto, la Dirección de Espectáculos Públicos Radio y Televisión, teniendo a la vista la documentación requerida para la autorización-clasificación de contenidos de cintas cinematográficas, y con el objetivo primordial de proteger la moral de los niños, niñas y adolescentes restringiéndoles el acceso a contenidos inadecuados o nocivos para su desarrollo y formación, así como prevenir y orientar sobre la inconveniencia de cintas cinematográficas que propicien una pérdida de valores o promuevan un clima de violencia, especialmente en niños, niñas y jóvenes a través de la regulación y clasificación de cintas cinematográficas, de conformidad con los artículos 13.4 Convención Americana de Derechos Humanos, 96 Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia, y de conformidad con el artículo 34 numeral 3 del Reglamento Interno de Organo Ejecutivo resuelve: 1) Autorizar y Clasificar el contenido del presente material cinematográfico PARA UN PÚBLICO MAYOR DE 15 AÑOS. 2) CONDICIONADO A: I) Cumplir con lo establecido en los artículos 7, 8, 79, y 83 de la Ley de Propiedad Intelectual; II) Cumplir con lo establecido en el Artículo 33 de la Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia, y demás ordenanzas municipales que resultaren aplicables. Esta autorización-clasificación de contenidos quedará sin efecto por la inobservancia de los preceptos constitucionales y demás leyes vigentes.-
LOS CABALLEROS DEL ZODIACO
ARGUMENTO
Los guerreros conocidos como «Caballeros» han sido los guardianes de la paz cada vez que el mal amenaza al mundo. Muchos años después de la “Guerra Santa” los “Caballeros de Bronce” se han reunido nuevamente, para proteger a Saori Kido, una joven con misteriosos poderes, que descubre que es la reencarnación de la gran Diosa “Atenas”, que después de ser rescatada de un ataque del Dragón, Andrómeda y Pegaso. Saori descubre su destino y su misión, por lo que debe ir al Santuario con los caballeros dorados e iniciar una gran batalla; sin embargo, para lograr llegar al Santuario se enfrentarán contra los más grandes, librando así un mítico enfrentamiento con las 12 casas del zodiaco.
DICTAMEN
Considerando que: I) El audiovisual presenta elementos positivos como: perseverancia, esfuerzo, lealtad, en un mundo rodeado de color y fantasía; II) Es Material cinematográfico creado especialmente para las niñas y niños; Por tanto la Dirección de Espectáculos Públicos Radio y Televisión, teniendo a la vista la documentación requerida para la autorización- clasificación de contenidos de cintas cinematográficas, y con el objetivo primordial de proteger la moral de los niños, niñas, y adolescentes restringiéndoles el acceso a contenidos inadecuados o nocivos para su desarrollo y formación, así como prevenir y orientar sobre la inconveniencia de cintas cinematográficas que propicien una pérdida de valores o promuevan un clima de violencia, especialmente en niños, niñas y jóvenes a través de la regulación y clasificación de cintas cinematográficas, de conformidad con los artículos 13.4 Convención Americana de Derechos Humanos, 96 de la Ley de protección Integral de la Niñez y adolescencia, y de conformidad a lo establecido en el artículo 34 Numeral 3 del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo Resuelve: 1) Autorizar y Clasificar la exhibición pública del presente material cinematográfico PARA TODO PUBLICO. 2) CONDICIONADO A: I) Cumplir con lo establecido en los artículos 7, 8, 79 y 83 de la Ley de propiedad intelectual; II) Cumplir con lo establecido en el articulado 33 de la Ley de protección Integral de la Niñez y adolescencia, y demás ordenanzas municipales que resultaren aplicables. Esta autorización –clasificación de contenidos quedará sin efecto por la inobservancia de los preceptos constitucionales y demás leyes vigentes.
EL APRENDIZ
ARGUMENTO
Peter Devereaux es un ex -agente de la CIA altamente capacitado y extremadamente peligroso, dejará la tranquilidad de su retiro para enfrentarse a su última misión, la cual tomará muy personal. Su deber es proteger a un valioso testigo, Alicia Fournier que podría exponer la verdad detrás de una gran conspiración contra el Gobierno de Belgrado, no sin antes enfrentarse a la mafia de Livydinco, quien persigue al agente policial Devereaux e interviene sus teléfonos con el objetivo de asesinar a la testigo clave y evitar su declaración judicial en el senado, la cual confirmará la participación de un alto funcionario del Gobierno en actos de corrupción.
DICTAMEN
Considerando que: I) La cinta cinematográfica presenta elementos positivos como: La protección personal de los inocentes; II) Presenta elementos negativos como: persecuciones violentas a bordo de automotores, corrupción, abuso de poder, asesinato, privación de libertad, uso de armas de fuego, violencia física y psicológica, ingesta de bebidas alcohólicas y tabaco; III) El contenido del audiovisual permite al espectador distinguir el carácter de los personajes, señalando las consecuencias negativas de sus acciones, por tanto la Dirección de Espectáculos Públicos Radio y Televisión, teniendo a la vista la documentación requerida para la autorización – clasificación de contenidos de cintas cinematográficas, y con el objetivo primordial de proteger la moral de los niños, niñas, y adolescentes restringiéndoles el acceso a contenidos inadecuados o nocivos para su desarrollo y formación, así como prevenir y orientar sobre la inconveniencia de cintas cinematográficas que propicien una pérdida de valores o promuevan un clima de violencia, especialmente en niños, niñas y jóvenes a través de la regulación y clasificación de cintas cinematográficas, de conformidad con los artículos 13.4 Convención Americana de Derechos Humanos, 96 de la Ley de protección Integral de la Niñez y adolescencia, y de conformidad a lo establecido en el artículo 34 Numeral 3 del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo Resuelve: 1) Autorizar y Clasificar la exhibición pública del presente material cinematográfico PARA MAYORES DE 15 AÑOS. 2) CONDICIONADO A: I) Cumplir con lo establecido en los artículos 7, 8, 79 y 83 de la Ley de propiedad intelectual; II) Cumplir con lo establecido en el articulado 33 de la Ley de protección Integral de la Niñez y adolescencia, y demás ordenanzas municipales que resultaren aplicables. Esta autorización –clasificación de contenidos quedará sin efecto por la inobservancia de los preceptos constitucionales y demás leyes vigentes.
INTERESTELAR
ARGUMENTO
El distorsionado futuro en el planeta tierra a causa del cambio climático y la mano del hombre, la agricultura se ha visto severamente afectada, siendo el maíz el único alimento cultivable el cual está amenazado a desaparecer de la humanidad. Científicos de la NASA han descubierto un “agujero de gusano” en el espacio, el cual se puede usar según los expertos, como portal para viajar en el tiempo, del cual harán uso un grupo de astronautas y científicos que superarán las limitaciones de los viajes espaciales humanos y hacer uso de Aero tecnología espacial avanzada para vencer grandes distancias, que los involucre en un viaje interestelar, con la finalidad de encontrar una solución al problema climatológico del planeta.
DICTAMEN
Considerando que: I) El audiovisual presenta elementos positivos como: avances tecnológicos, experimentos y viajes espaciales en sofisticadas naves con el objetivo de explorar el espacio y encontrar la forma de viajar en el tiempo; II) Sin embargo presenta elementos negativos como: persecuciones y uso de armas de fuego sofisticadas del futuro e incendios forestales, cambios climatológicos bruscos; III) El contenido del audiovisual permite que la guía parental sea orientadora para ilustrar la profundidad de los contenidos; Por tanto la Dirección de Espectáculos Públicos Radio y Televisión, teniendo a la vista la documentación requerida para la autorización, clasificación de contenidos de cintas cinematográficas, y con el objetivo primordial de proteger la moral de los niños, niñas, y adolescentes restringiéndoles el acceso a contenidos inadecuados o nocivos para su desarrollo y formación, así como prevenir y orientar sobre la inconveniencia de cintas cinematográficas que propicien una pérdida de valores o promuevan un clima de violencia, especialmente en niños, niñas y jóvenes a través de la regulación y clasificación de cintas cinematográficas, de conformidad con los artículos 13.4 Convención Americana de Derechos Humanos, 96 de la Ley de protección Integral de la Niñez y adolescencia, y de conformidad a lo establecido en el artículo 34 Numeral 3 del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo Resuelve: 1) Autorizar y Clasificar la exhibición pública del presente material cinematográfico PARA MAYORES DE 12 AÑOS Y MENORES ACOMPAÑADOS DE UN ADULTO. 2) CONDICIONADO A: I) Cumplir con lo establecido en los artículos 7, 8, 79 y 83 de la Ley de propiedad intelectual; II) Cumplir con lo establecido en el articulado 33 de la Ley de protección Integral de la Niñez y adolescencia, y demás ordenanzas municipales que resultaren aplicables. Esta autorización, clasificación de contenidos quedará sin efecto por la inobservancia de los preceptos constitucionales y demás leyes vigentes.
AGENTES DEL DESORDEN
ARGUMENTO
Justin Miller y Ryan O Malley son invitados a una fiesta de disfraces, después de analizar las cosas se les ocurre llegar vestidos de Agentes de la Policía, pronto se convierten en la sensación de la fiesta y del barrio, no se imaginan cual es el compromiso y la responsabilidad de llevar puesto un uniforme, se meten en un lío muy peligroso con detectives mafiosos y corruptos; sin embargo, sin darse cuenta colaboran con la Policía Federal, al descubrir y capturar accidentalmente a Mossi KoCic el más buscado narcotraficante de armas del Condado. Ambos son incorporados y condecorados con medalla de oro por llevar la tranquilidad a la ciudad.
DICTAMEN
Considerando que: I) La cinta cinematográfica presenta elementos positivos como: La unión de esfuerzos para proteger a las personas honradas, así como velar por la seguridad e integridad física de las familias; ll) La cinta presenta elementos negativos como: escenas recreadas dentro de un contexto de jocosidad, enfrentamiento entre policías y personas de dudosa reputación, uso de armas de fuego, persecuciones, enfrentamientos cuerpo a cuerpo; III). El contenido del audiovisual permite al espectador distinguir el carácter de los personajes, señalando las consecuencias negativas de sus acciones, por tanto la Dirección de Espectáculos Públicos Radio y Televisión, teniendo a la vista la documentación requerida para la autorización, clasificación de contenidos de cintas cinematográficas, y con el objetivo primordial de proteger la moral de los niños, niñas, y adolescentes restringiéndoles el acceso a contenidos inadecuados o nocivos para su desarrollo y formación, así como prevenir y orientar sobre la inconveniencia de cintas cinematográficas que propicien una pérdida de valores o promuevan un clima de violencia, especialmente en niños, niñas y jóvenes a través de la regulación y clasificación de cintas cinematográficas, de conformidad con los artículos 13.4 Convención Americana de Derechos Humanos, 96 de la Ley de Protección Integral de la Niñez y adolescencia, y de conformidad a lo establecido en el artículo 34 Numeral 3 del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo Resuelve: 1) Autorizar y Clasificar la exhibición pública del presente material cinematográfico PARA MAYORES DE 12 AÑOS. 2) CONDICIONADO A: I) Cumplir con lo establecido en los artículos 7, 8, 79 y 83 de la Ley de propiedad intelectual; II) Cumplir con lo establecido en el artículo 33 de la Ley de protección Integral de la Niñez y adolescencia, y demás ordenanzas municipales que resultaren aplicables. Esta autorización, clasificación de contenidos quedará sin efecto por la inobservancia de los preceptos constitucionales y demás leyes vigentes.